Declaración
Pública
Católicas
por el Derecho a Decidir - República Dominicana (CDD-RD)
28
de septiembre, Día por la Despenalización del Aborto en América
Latina y el Caribe
2016
Como
movimiento autónomo de personas católicas y feministas,
comprometidas con la búsqueda de la justicia social en nuestro país,
trabajamos por el cambio de patrones culturales que limitan en
nuestras sociedades la autonomía de las personas, especialmente de
las mujeres. Nos reafirmamos a partir del pensamiento teológico
feminista que reconoce la justicia social, la plurireligiosidad y la
validez moral de las decisiones tomadas por las mujeres.
A
partir del principio valor de la libertad de conciencia que sustenta
nuestro derecho a decidir, expresamos la preocupación por la
penalización total del aborto en nuestro país y llamamos la
atención tanto del Estado como de la sociedad dominicana, así como
del Senado de la República, a fin de que legisle siguiendo las
observaciones al Código Penal en proceso de modificación,
propuestas por el presidente Danilo Medina.
Como
Católicas por el Derecho a Decidir, lamentamos que posiciones
fundamentalistas religiosas, obstaculicen el avance legislativo que
procuran por el reconocimiento de la vida, la salud y la autonomía
reproductiva de las mujeres. Con frecuencia los diferentes estamentos
del Estado, especialmente de los ámbitos legislativos, son
presionados e influenciados por representantes de confesiones
religiosas, especialmente de la jerarquía católica, quienes con el
fin de imponer normas de conductas propias de prejuicios religiosos
para el conjunto de los ciudadanos y ciudadanas, que vulneran el
pluralismo, la libertad de conciencia, los derechos y la democracia.
La
decisión de compartir la vida con otra persona, la paternidad y la
maternidad deseadas son decisiones individuales que conllevan
derechos ciudadanos para su ejercicio; por lo tanto, son las personas
desde lo más íntimo de su conciencia y de su vida quienes tienen el
derecho a tomar decisiones sobre su sexualidad y su reproducción.
Es
importante resaltar que la misma Iglesia Católica en toda su
historia no ha tenido una visión única frente el aborto, han
existido diversas voces al interior de ésta, por lo tanto no es un
asunto de infalibilidad papal. Asi mismo, la misma iglesia nos ha
enseñado que la conciencia de la persona es suprema. Por lo cual, la
persona es quien examina cuidadosamente desde lo más profundo de su
conciencia las decisiones, y por ello, cuando una mujer decide
abortar lo hace como agente moral capaz de tomar decisiones éticas
frente a su vida. En tal sentido, no está cometiendo falta alguna,
pues su decisión es producto del discernimiento y del ejercicio
libre de su conciencia moral.
Concientes
de establecer claros límites entre las creencias religiosas y las
obligaciones del Estado, consideramos que
en este momento y en nuestro país, el Senado debe atender las
recomendaciones del Presidente Medina y legislar en derecho a favor
de las tres causales de aborto, las que sin lugar a dudas,
garantizarían la vida y la salud de las mujeres dominicanas.
Los partidos políticos y la sociedad en general deben reconocer la importancia que, en materia de derechos humanos, tiene el establecimiento de un régimen legal que garantice el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo cuando las circunstancias lo requieran, a fin de preservar su salud física, mental y su dignidad.
Como mujeres Católicas, esperamos que los Poderes Públicos hagan todo lo que esté a su alcance para avanzar en dirección a la eliminación de la alta tasa de morbi-mortalidad materna, a conveniencia del país, de la salud y la vida de las mujeres, a través de la inclusión en el Código Penal del artículo sugerido por el presidente de la república1.
Finalmente
como Católicas, esperamos que nuestra iglesia respete las decisiones
que las mujeres tomamos a conciencia y comprenda que ninguna mujer
aborta con alegría en su corazón, ésta es una decisión dificil,
pero sin lugar a dudas, responsable.
CATÓLICAS
POR EL DERECHO A DECIDIR – REPUBLICA DOMINICANA
1 “No
será punible la interrupción del embarazo cuando sea practicado
por personal médico especializado, en centros o establecimientos de
salud, públicos o privados, en los casos en que peligre la vida de
la gestante, cuando ésta ha sido víctima de violación o incesto,
o cuando el embrión o feto presente malformaciones incompatibles
con la vida”.
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